Bases legales concurso lista colaborativa – ALTAFIT

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PRIMERA.- COMPAÑÍA ORGANIZADORA.

 Altafit Grupo de Gestión, S.L (en adelante Altafit), con domicilio social en Madrid, Calle Villanueva 24-3º y actuando como representante de las mismas tiene previsto celebrar una promoción que se desarrollará de conformidad con las presentes bases.

SEGUNDA.- FINALIDAD.

 La presente promoción tiene como finalidad afianzar la comunidad online de Altafit en redes sociales, así como aumentar la presencia y el engagement de las páginas oficiales de Altafit.

TERCERA.- ÁMBITO TERRITORIAL.

 El ámbito territorial de la promoción comprenderá el territorio de España exclusivamente.

CUARTA.- FECHAS DE CELEBRACIÓN.

 La fecha de comienzo de la promoción será el día 30 de mayo y finalizará el 5 de junio. La comunicación del ganador se realizará el jueves 6 de junio de 2019 en la página de Facebook oficial de Altafit.

QUINTA.- GRATUIDAD.

 La presente promoción tendrá carácter gratuito, de tal manera que para obtener los premios objeto de la presente promoción no será necesario el desembolso de cantidad adicional alguna a Altafit.

SEXTA.- LEGITIMACIÓN PARTICULAR.

 Podrán participar en la promoción todos aquellos fans de la página de Facebook de Altafit, personas físicas, mayores de edad que durante el periodo de la promoción, del 30 de mayo al 5 de junio de 2019, accedan a la página de Facebook de Altafit y sigan las instrucciones para participar que en ella se reflejan.

Quedan excluidos de la promoción los empleados de Altafit.

El premio se realizará por sorteo entre todos los participantes que cumplan los requisitos que en las presentes bases se especifican. El jueves 6 de junio de 2019 se comunicará en las redes sociales de Altafit el ganador.

SÉPTIMA – DINÁMICA Y PARTICIPACIÓN

Participación en Facebook:

Los fans de Altafit en Facebook deberán participar únicamente en la publicación destinada a este concurso, publicada en el muro de la página oficial. Para hacer válida su participación deberán ser seguidores de nuestra página, comentar en la publicación qué canción han metido en la lista colaborativa de “Junio con ritmo 2019” y en qué gym club entrenan.

Entre todos los participantes que respondan se realizará un sorteo, que premiará a una persona que cumplan con los requisitos mencionados.

OCTAVA.- COMUNICACIÓN DEL CONCURSO

 La comunicación del concurso se llevará a cabo, activamente, en la página de Facebook de Altafit. El ganador del concurso será comunicado en la página de Facebook de Altafit.

Altafit notificará a través del medio que disponga el ganador o ganadora, el premio obtenido y notificará con el mismo, el procedimiento para formalizar la entrega del premio.

El premiado dispondrá de un plazo determinado de 5 (cinco) días desde la notificación de su condición de premiado para ponerse en contacto con Altafit y manifestar por escrito su aceptación del premio obtenido, momento en el cual se le informará del procedimiento para formalizar la entrega del premio, que siempre y en cualquier caso, será gratuita para el premiado.

NOVENA.- CAMBIO DE LOS PREMIOS Y RENUNCIA O IMPOSIBILIDAD DE ACEPTACIÓN

 El ganador tiene derecho a renunciar al premio ganado, sin embargo, en ningún caso, canjearlo por otro distinto ni por su importe en metálico. Tampoco podrá ser cedido a terceros.

DÉCIMA.- DESCRIPCIÓN DEL PREMIO.

 Entre todos los participantes de la presente promoción se sorteará un premio, que será un “Pack de Verano Altafit” compuesto de: una toalla de playa, un bidón de agua y una mochila. Para recibir el premio, el ganador tendrá que recogerlo en su gym club Altafit.

UNDÉCIMA.- FISCALIDAD.

El premio de la presente promoción, le será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes.

DUODÉCIMA.- DERECHOS DE IMAGEN.

El ganador autoriza a la entidad organizadora del sorteo, a reproducir y utilizar su nombre, apellidos e imagen en cualquier actividad publicitaria o promocional relacionada con el concurso en que ha resultado ganador sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio.

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